La Cámara de Comercio, Industria, Servicio y Navegación de España, junto con la Cámara de Comercio de Córdoba, pusieron en marcha el Programa TICCámaras, el cual se encuentra cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 80%.

 

¿Quién puede ser beneficiario?

Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Córdoba que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.

 

Requisitos para ser beneficiarios

 

Presupuesto y cuantía

El presupuesto para esta ayuda es de 258.300€, el cual se divide de la siguiente manera:

 

El porcentaje máximo de ayuda a percibir por cada empresa será del 80% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible (que no incluye IVA ni impuestos de naturaleza similar, recogidos en el Anexo IV) de 7.000€, por lo que la cuantía máxima a percibir por cada empresa será de 5.600€

 

Modo de adjudicación del presupuesto

En el caso de no poder atenderse todas las solicitudes, se realizará un sorteo de carácter público entre todas las solicitudes válidas, por lo que el orden de presentación de la solicitud no implica preferencia a la hora de valorar las solicitudes.

Si pudieran atenderse todas las solicitudes, no habrá sorteo, se revisarán las solicitudes siguiendo el orden de entrada y concediendo la ayuda a quienes hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos en dicha convocatoria.

Para más información acerca del sorteo, recomendamos echar un vistazo a la convocatoria del sorteo: https://camaracordoba.com/wp-content/uploads/2022/01/Convocatoria-TICCamaras_SORTEO-2022.pdf

 

Gastos subvencionables

Los gastos subvencionables serán aquellos asociados a la ejecución del Plan por los asesores o proveedores, libremente elegidos por la empresa beneficiaria.

Si el importe del gastos subvencionalbe supera las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario habrá de solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.

Así pues, los gastos subvencionables se encuentran recogidos en el Anexo IV “Condiciones de Participación y Tipología y Justificación de Gastos elegibles Fase de Ayudas” por lo que para cuestiones específicas aconsejamos mirar específicamente dicho anexo, el cual os hemos dejado enlazado. Un resumen de los gastos sería el siguiente:

 

1. Componentes de los servicios (gastos e inversiones financiables)

 

2. Actuaciones subvencionables

Todos los gastos/inversiones deberán iniciarse con posterioridad a la admisión en la Fase II del programa y tendrán que contar con el visto bueno de la Cámara.

 

Datos necesarios para presentarla

 

Documentación a presentar

Persona física:

 

Persona jurídica

 

Plazo de presentación

La solicitud solo podrá ser presentada por el formulario habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la cámara: https://sede.camara.es/sede/cordoba/tramites/TR0000003951

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 3 de febrero a las 9 horas hasta 5 días hábiles, es decir, finalizará el día 9 de febrero a las 14 horas.

La solicitud solo podrá ser presentada una vez por cada empresa o autónomo y tendrá que firmarse electrónicamente. En caso de presentar más de una, siempre se tendrá en cuenta la primera de ellas.

 

Más información TICCámaras

Para más información acerca de cómo subsanar la solicitud, cómo justificarla, las obligaciones de los beneficiarios y otros ítems, echar un vistazo a las bases de la convocatoria.

 

Contacto

Para cualquier duda acerca de esta u otra subvenciones, nos encontramos físicamente en Plaza de Las Tendillas, 1 · planta 4. CP: 14002, Córdoba o llamando al 957 496 604.

Como siempre, os esperamos también en nuestra web.

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