La campaña de renta de este año ha arrancado con la publicación por parte de la Agencia Tributaria en el Boletín Oficial del Estado que fija el próximo 6 de abril como fecha de inicio para presentar por internet el ejercicio correspondiente a los ingresos de 2021. Como principal novedad destaca el alza del Impuesto sobre el Patrimonio para los patrimonios de más de 10 millones y las rentas a partir de 200.000 y 300.000 euros. Recordamos que se encuentran exentos de tributación aquellas personas con rentas inferiores a 22.000 euros con un solo pagador y un límite de 14.000 si son dos los pagadores.
¿Dónde se presenta?
Su presentación se podrá realizar online, en la web de la agencia tributaria, presencialmente o por teléfono.
Fechas clave para su presentación
Como todos los años, la agencia tributaria ha dado a conocer las fechas, así como los medios para presentar el ejercicio. La campaña iniciará el 6 de abril de manera online y se extenderá hasta el 30 junio. A continuación, os mostramos un resumen de lo más relevante:
- Presentación por internet: del 6 de abril a 30 de junio de 2022
- De manera presencial: 1 al 30 de junio de 2022
- Telefónicamente: desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2022
Tanto por teléfono como presencialmente debes solicitar cita previa entre el 3 de mayo y el 29 de junio para la primera opción, y a partir del 26 de mayo hasta el 29 de junio para la segunda.
Los números facilitados para poder pedir la cita son: 901 12 12 24 – 91 535 73 26 – 91 553 00 71.
Novedades campaña renta
- El impuesto de Patrimonio se incrementa un 1%, y hasta un tipo de 3,5% para patrimonios superiores a los 10 millones de euros.
- Alza del impuesto para los patrimonios de más de 10 millones y las rentas a partir de 200.000 y 300.000 euros en tres y dos puntos respectivamente.
- Los planes de pensiones privados individuales sufren una rebaja a 2.000 euros como máximo a aportar.
- Para favorecer los planes empresariales, aumenta el tope conjunto de reducción de 8.000 a 10.000 euros.
A tener en cuenta
Las personas que se encuentren en ERTE y ERE tienen la obligación de realizar la presentación del IRPF al ser considerado otro pagador al margen de su empresa o institución, de igual modo si has sido beneficiario de alguna subvención o ayuda o has obtenido ingresos iguales o superiores a 22.000 euros anuales además de poseer ganancias y pérdidas patrimoniales.
Por último, si realizas operaciones con criptomonedas debes tener en cuenta que desde Julio de 2021 es de obligado cumplimiento comunicar estas operaciones.
Contacto
Para cualquier duda acerca de la declaración de la renta o para gestionar su tramitación, nos encontramos físicamente en Plaza de Las Tendillas, 1 · planta 4. CP: 14002, Córdoba o llamando al 957 496 604.
Como siempre, os esperamos también en nuestra web.