En los últimos años, los autónomos y profesionales independientes de los diversos sectores han pasado de poder escoger libremente su base de cotización a tener que ajustarse a la que corresponda en función de sus ingresos reales por tramos. Y con el cambio, como es natural, suelen surgir dudas. ¿Cuáles son los puntos clave? ¿Qué novedades hay a partir de ahora? ¿En qué medida me afectará esto? Son solo algunas de las cuestiones que no paran de repetirse. A continuación, vamos a tratar de resolverlas.
La principal novedad de este nuevo sistema de cotización de autónomos es que ya no podrán elegir la base de cotización, entre la mínima y la máxima, independientemente de la renta obtenida por el afiliado en el ejercicio económico, sino que tendrán que ajustarse a los rendimientos netos reales.
¿Qué deberán hacer los autónomos para adaptarse al nuevo sistema de cuotas?
Los autónomos, a partir de este año, tendrán que elegir su base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de sus rendimientos netos anuales, es decir, sus ingresos reales, conforme a una tabla general de bases, establecida cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Esta tabla concreta unos tramos consecutivos de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, a los que se asocian una base mínima de cotización y una base máxima.
¿De qué manera calcularán su nueva cuota los autónomos?
Para resolver las dudas sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos que arranca en 2023, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha habilitado un simulador informativo que permite calcular la cuota que les corresponde según sus rendimientos netos.
Para ello, el autónomo debe indicar en dicho simulador el tramo en el que se encuentran los rendimientos mensuales que espera percibir. Tras ese paso, el simulador muestra la cuota mínima y máxima por cada tramo correspondiente mientras detalla el desglose de las cotizaciones (contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional) y la base de cotización.
¿Qué derechos tiene al autónomo tras pagar estas cuotas?
Cuando un profesional por cuenta propia está dado de alta como trabajador autónomo y paga su cuota correspondiente cotiza por:
- Contingencias comunes: esto le asegura una cuantía en el momento en que no pueda trabajar por una enfermedad, accidente no laboral, maternidad o paternidad, etc.
- Contingencias profesionales: esta cotización cubre en las situaciones de accidente laboral o enfermedad profesional.
- Prestaciones por cede de actividad: es decir, el paro de los autónomos, el cual cubre a los trabajadores por cuenta propia en caso de que se produzca el cese definitivo de su actividad.