Desde Asesores Umbrella queremos informarte sobre todos los aspectos relevantes que necesitas conocer si vas a ser padre próximamente y si, además,cuentas con un contrato de trabajo.
¿Cómo solicito mi baja por paternidad?
Para pedirla baja por paternidad, es necesario realizar la solicitud en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Los documentos que debes presentar en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social son diferentes dependiendo de si la baja se da por nacimiento de un hijo o por adopción o acogida.
Para solicitar la baja por nacimiento es primordial cumplimentar y presentar una solicitud, cuyo enlace te proporcionamos aquí.Además tendrás que llevar contigo el libro de familia o el certificado de inscripción del bebé, junto con tu DNI si eres español o tu NIE si eres extranjero. Es imprescindible también solicitar a tu empresa un certificado en el que quede reflejado tu salario para que la Seguridad Social sepa lo que tiene que abonarte por la baja. En ese mismo documento ha de figurar la cuenta corriente donde te van a transferir la prestación. Este certificado también debes entregarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
Por otro lado, para solicitar la baja por paternidad por adopción o acogida, has de entregar los documentos anteriormente mencionados acompañados de la resolución judicial en la que figura la tutela o la acogida del hijo/a.
¿Cuánto dura mi baja por paternidad?
En este año 2019, la duración de la baja por paternidad se extenderá hasta 8 semanas. Se prevé que en el año 2020 la duración de la baja por paternidad ascienda hasta 12 semanas, y en el 2021 hasta 16 semanas.
¿Qué requisitos necesito cumplir para cobrar mi prestación?
Para cobrar la prestación por la baja, es indispensable cumplir estos dos requisitos:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social
- Haber cotizado al menos 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores
¿A cuánto asciende mi prestación por paternidad?
No debes preocuparte por la prestación que recibirás durante la baja por paternidad, ya que cobrarás el subsidio equivalente al 100% de la base reguladora que esté establecida.