Convocatoria Kit Digital empresas del segmento II

  • Programa Kit Digital: Entre tres y menos de 10 trabajadores.
  • Fecha de solicitud:  02/09/2022 a las 11:00 horas hasta  02/09/2023 a las 11:00 horas

Requisitos de participación

Los destinatarios de las ayudas del Kit Digital son las pequeñas empresas, microempresas y personas que se encuentren  en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados), que cuenten con un domicilio fiscal ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos recogidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.

Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica de Red.es, dentro del plazo establecido. Deberán estar firmadas por el solicitante o un representante (legal o voluntario) del solicitante debidamente apoderado, mediante firma con certificado electrónico. No se admitirá la presentación de solicitudes a través de medios diferentes del formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.

Documentos a presentar en la solicitud

1.En caso de actuar por medio de representante voluntario, a parte de la solicitud electrónica, tiene que presentar la Autorización de representante voluntario en el marco del Programa Kit Digital contemplada en el Anexo II de la Convocatoria.

2.Los representantes voluntarios que quieran realizar la presentación múltiple de solicitudes mediante sistemas automatizados, dentro del límite de 500 solicitudes al día establecido en el apartado cuarto de la presente Convocatoria, deberán indicarlo a Red.es a través del correo electrónico solicitudes.multiples@acelerapyme.gob.es, completando y firmando el Anexo VI de la Convocatoria.

3. En caso de oposición expresa a la consulta de oficio, deberá aportar la documentación detallada en el Anexo I de la Convocatoria.

 

Presupuesto de las ayudas

El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria es de quinientos millones de euros (500.000.000 €) ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

 

Cuantía de las ayudas Kit Digital

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de seis mil euros (6.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:

Sitio Web y Presencia básica en Internet:

Ayuda para el Segmento II : 2.000 €

-Comercio electrónico:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 €

-Gestión de Redes Sociales:

Ayuda para el Segmento II: 2.500 €

-Gestión de Clientes:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 € (incluye 1 usuario)

-Business Intelligence y Analítica:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 € (incluye 1 usuario)

-Gestión de Procesos:

Ayuda para el Segmento II: 3.000 € (incluye 3 usuarios)

-Factura Electrónica:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 € (incluye 3 usuarios)

-Servicios y herramientas de Oficina Virtual:

Ayuda para el Segmento II: 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)

-Comunicaciones Seguras:

Ayuda para el Segmento II: 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)

-Ciberseguridad:

Ayuda para el Segmento II: 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)

-Presencia avanzada en Internet:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 €

-Marketplace:

Ayuda para el Segmento II: 2.000 €

* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.

Contacto

Para cualquier duda acerca del programa Kit Digital, nos encontramos físicamente en Plaza de Las Tendillas, 1 · planta 4. CP: 14002, Córdoba o llamando al 957 496 604.

Como siempre, os esperamos también en nuestra web.

 

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