Declaración complementaria y sustitutiva – Renta e impuestos

¿Has cometido algún error al presentar la Declaración de la Renta? No te preocupes, esto tiene solución, y en esta entrada te vamos a explicar cómo solventarlo. Eso sí, si eres consciente de que has cometido un error, no esperes a que a la Agencia Tributaria «se le escape», debes hacer una declaración para subsanar dicho error.

La Agencia Tributaria tiene 4 años para reclamar dicho error u omisión, así que hay tiempo para rectificar.

 

¿Cómo modificar una declaración ya presentada?

Es posible que una vez presentada la declaración, tanto la de este año como la del anterior no prescrito, detectes que has tenido errores que son necesarios modificar. Pueden darse 2 opciones, y para cada una podrás realizar una rectificación.

  • Si los errores causan perjuicio a en tu contra, puedes presentar una rectificación de la declaración ya presentada.
  • Si los errores causan perjuicio en contra de Hacienda, debes presentar una declaración complementaria.

En este enlace os dejamos la página donde presentarlo: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/declaraciones-presentadas/modificar-declaracion-presentada.html

 

¿Qué es una declaración complementaria?

Una declaración complementaria es aquella que se presenta a la Agencia Tributaria para subsanar, corregir, bien errores o bien omisiones en una declaración fiscal ya presentada.

 

¿Cuándo presentar una Declaración complementaria?

Habrá que presentar una declaración complementaria cuando la afectada es la Hacienda Pública. Un ejemplo puede ser cuando un autónomo o empresa ha olvidado declarar una factura en un trimestre anterior, por lo que habrá que presentar una declaración complementaria. Esta declaración solo puede presentarse dentro del mismo ejercicio fiscal o en el plazo en el que la deuda aún no ha prescrito.

 

Realización de una declaración complementaria de la Renta

Desde  «Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)» accedes al expediente:

  • Identificación: mediante cl@ve PIN, número de referencia, certificado o DNI electrónico.
  • En el apartado de “Modificar declaración ya presentada”: Hay que tener en cuenta si vamos a modificar una o varias declaraciones individuales o una conjunta. Debes seleccionar la misma opción de tributación (individual o conjunta) que en la declaración original presentada.
  • Señalar si la complementaria es para una devolución menor de la obtenida inicialmente o por otra razón.
  • Indicar la razón  por la que presentas la declaración complementaria.
  • Concretar los cambios oportunos sobre la declaración ya presentada.
  • Enviar la declaración haciendo clic en “Presentar declaración”.

 

 

Pese a que la declaración sustitutiva no es válida para subsanar los errores de la renta, sí que es necesaria para subsanar errores de los impuestos, por lo que también os dejamos una explicación sobre qué es y cómo presentarla.

 

¿Qué es una declaración sustitutiva?

Esta declaración por su parte es el documento para sustituir (como su nombre indica) por completo una declaración de impuestos cuando esta es errónea o le falta información, es incompleta. Su presentación anula por completo la declaración original. Se debe presentar este documento cuando los errores son de gran dimensión, por lo que una declaración complementaria no sería suficiente.

 

¿Cuándo presentar una Declaración Sustitutiva?

Esta hay que presentarla si el perjuicio recae en el sujeto que realiza la declaración. Habrá también que enviar un escrito a Hacienda que detalle lo sucedido y especificar el perjuicio sufrido.

Esta siempre se debe presentar dentro del plazo del modelo tributario a corregir, aunque dependiendo del modelo pueda haber plazos extraordinarios. La no presentación de esta declaración en plazo implica que Hacienda aplique un recargo a la cantidad que tenga que pagar el declarante. A cuanto mayor retraso en la presentación, mayor recargo. Además, el pago no se podrá fraccionar, aunque sí aplazar, por lo que habrá que realizar un pago único.

 

Realización de una declaración sustitutiva

-Para realizar una declaración sustitutiva de una declaración de IVA o IRPF debemos comenzar cumplimentando los datos identificativos si es necesario.

-La casilla correspondiente a declaración sustitutiva la encontramos en la pestaña que contiene los datos en sujeto pasivo. Hay que dejar constancia  del número identificativo de 13 dígitos que aparece en la numeración del código de barras de la anterior renta que es remplazada por medio de la nueva.

-Debemos tener en cuenta que la casilla «Declaración sustitutiva» aparecerá marcada con una X sólo cuando dicha presentación tenga como objetivo anular y reemplazar la declaración en la que se hubieran cometido los errores que se desean subsanar.

-Si la causa de esta presentación es principalmente la rectificación de autoliquidaciones del periodo por haber sido declarado en concurso mediante auto judicial hay que marcar la casilla «Declaración sustitutiva por rectificación de cuotas en caso de acreedores» de acuerdo con el artículo 80. Tres LIVA

–  Por último,  genera nuevamente el archivo para la presentación electrónica de la declaración sustitutiva o obtener la predeclaración para ser impresa o obtener la confirmación mediante el envío por SMS. 

Para una información más detallada adjuntamos el enlace a la Agencia Tributaria.

 

Contacto

Para cualquier duda acerca de la declaración complementaria y sustitutiva o para gestionar su tramitación, nos encontramos físicamente en Plaza de Las Tendillas, 1 · planta 4. CP: 14002, Córdoba o llamando al 957 496 604.

Como siempre, os esperamos también en nuestra web.

 

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