Errores más comunes al realizar la declaración de la Renta

Este 6 de abril comienza el plazo para presentar la Declaración de la Renta.

Es por ello que, como cada año, el ministerio de Hacienda avisa de los errores más comunes que se cometen al presentar la Declaración de la Renta.

La Declaración de la renta 2022 viene fijada en el calendario que la Agencia Tributaria dio a conocer para presentar los ingresos resultantes.

 

Los errores más habituales en la presentación de la Renta

Entre los errores más comunes encontramos la omisión de algún dato, interpretaciones fallidas de la legislación vigente o las deducciones que se deben o no practicar. Para no caer en equivocaciones (que además pueden ser penalizadas), a continuación os damos algún consejo para su tramitación de forma válida.

 

Renta de los autónomos

Cuando se tramita el alta en una actividad profesional o empresarial, aunque estas obtengan rendimiento negativo, es obligatorio presentar la declaración. Los gastos a deducir son los que incurren en el ejercicio de tu actividad. Solo es posible deducir aquellos gastos que se puedan probar como necesarios para obtener ingresos.

 

Subvenciones y ayudas obtenidas

Toda ayuda y subvención recibida imputa en la declaración el año que su importe es cobrado y no el año en el cual la ayuda es concedida. No obstante, aquellas ayudas exentas de IRPF corresponden con las que no tributan ni como rendimientos del trabajo, tales como prestaciones de la Seguridad Social, ni como ganancias patrimoniales correspondientes a subvenciones públicas a particulares ni como actividad económica.

 

Planes de pensiones

El/la gestor/a del plan de pensiones comunica los datos pertinentes a la Agencia Tributaria, pero aun así es conveniente revisar detalladamente el borrador. La casilla 462 consigna la cantidad invertida para su posterior desgravación.

 

Las deducciones por vivienda

Todo contribuye debe prestar atención a las diferencias en materia de normativa correspondientes a las deducciones que presenta cada comunidad autónoma en materia de vivienda. Las deducciones estatales no se aplican desde 1 de enero de 2013 en inversiones en vivienda habitual para las viviendas adquiridas, construidas o rehabilitadas con posterioridad a esta fecha. Los contratos de alquiler firmados en 2015 0 años posteriores tampoco tienen derecho a deducciones estatales.

Al igual que las deducciones por vivienda, te recomendamos que mires muy bien las deducciones por familia numerosa, discapacidad, por alquiler o por maternidad.

 

Paro y ERTE cuentan como pagadores

El contribuyente que en un mismo año haya trabajado y recibido subsidio por desempleo, suman 2 pagadores, y deberá presentar la declaración si obtiene ingresos superiores a 14.000 euros y el otro pagador suma más de 1.500 euros (o de la suma del resto de pagadores, además del primero).

Además, recordamos que el contribuyente está obligado a presentar la Declaración de la Renta cuando reciba ingresos de un único pagador, y estos sean superiores a los 22.000€.

 

No hacer la declaración por no estar obligado

Aunque cumplas los requisitos para no tener que presentar la declaración, te aconsejamos que eches un vistazo al borrador de la renta en la página web de la Agencia Tributaria. Y es que puede que te lleves una sorpresa y sea más rentable hacer la declaración que no hacerla.

Puede ser que te devuelvan las retenciones practicadas en tu nómina, es decir, que el resultado te salga a devolver. En ese caso, te aconsejamos que hagas la delacración aunque no estés obligado.

 

No revisar el borrador

Otro de los errores frecuentes es pensar que por presentarla sin tener obligación tendrás que hacerlo todos los años, y eso es falso, es uno de los mitos de la renta, al igual que confirmar el borrador sin revisar todos los datos al detalle. La Agencia Tributaria extrae estos datos de la información que han aportado terceros y que no tienen necesariamente que ser exactos o completos. Tú eres el único que verdaderamente conoce su situación, y detalles como un nuevo hijo, que te hayas casado, u otros datos económicos en relación con inversiones.

La información que aporta Hacienda es un borrador, que no será definitivo hasta que no lo confirmes

 

Contacto

Para cualquier duda acerca de la declaración de la renta o para gestionar su tramitación, nos encontramos físicamente en Plaza de Las Tendillas, 1 · planta 4. CP: 14002, Córdoba o llamando al 957 496 604.

Como siempre, os esperamos también en nuestra web.

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