Renta 2021, ¿Cómo tributan las ayudas para pymes?

La declaración de la Renta 2021 está a punto de comenzar. Por eso es importante saber cuales son las ayudas recibida por el Gobierno y como se tributan.  Porque desde que comenzó la pandemia, se han tomado una serie de medidas extraordinarias para minimizar el impacto de la crisis del Covid-19 en el tejido empresarial, uno de los más perjudicados. 

Las medidas tomadas por el Gobierno para reducir el impacto de la pandemia, como son las restricciones horarias, el  confinamiento, etc., han afectado de manera notable a las pymes. Así pues, el Gobierno ha aprobado nuevos fondos de financiación a través de líneas ICO y por medio de moratorias de los pagos con el fin de paliar los efectos tan nefastos ocasionados por la pandemia. 

 

Ayudas directas

Otra de las medidas más destacadas tomadas ha sido el programa de ayudas directas. Mediante este programa, las comunidades autónomas tienen la posibilidad de conceder ayudas económicas a las empresas más afectadas por la pandemia. Su objetivo es el de ofrecer instrumentos para solucionar los problemas de solvencia, con el fin de que las pymes sigan manteniendo su actividad empresarial. 

Estas medidas son fundamentales para paliar los efectos de la pandemia que se pueden apreciar en que las pérdidas de los autónomos y pymes asciende a 60.000 millones de euros en 2020 según datos de AT. 

 

¿Cómo se declaran estás ayudas en la renta 2021? 

La declaración de la Renta 2021 está a punto de comenzar por eso es importante saber que cualquier tipo de ayuda recibida por el Gobierno para paliar los efectos de la pandemia debe declararse, salvo en aquellos casos en los que se establezca que están exentos de pagos. 

Por tanto, desde Umbrella sabemos que es muy importante conocer qué ayudas son las que se tienen que tributar y cuáles no, con el objetivo de evitar futuras sanciones por parte de la Administración Pública. 

Hay que destacar que las ayudas recibidas se reflejaran de una forma u otra en la Declaración de la Renta dependiendo de su tipología. Por lo tanto, vamos aclarar varias dudas sobre este aspecto: 

  • Los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en cese de actividad están obligados a presentar los modelos correspondientes al IVA y el IRPF. Incluso en los casos en los que no se tengan ni ingresos ni gastos, mas que los de la prestación. 
  • En la financiación solo se tienen en cuenta los intereses. 
  • Las subvenciones y las ayudas puedes tributar como rendimientos de actividad o de trabajo.  
  • Los créditos ICO han sido una de las medidas más recurrentes para los pequeños negocios. Al ser una ayuda que debe devolverse, no puede computar como un rendimiento de trabajo. Sin embargo, es posible deducir como gasto los intereses generados, así como los gastos de apertura o gestión, en caso de que los hubiera. Si el autónomo se acogió a la ampliación del periodo de carencia, estos intereses también pueden deducirse como gasto. 
  • Por último, otro de los casos son las subvenciones por parte de cada comunidad autónoma que tributan como rendimientos de actividades económicas. Pero hay que destacar que algunas de ellas han establecido que son ayudas exentas de tributar. 

Las medidas económicas han posibilitado que numerosas empresas pymes puedan seguir con su actividad laboral sin tener que cerrar por falta de liquidez o recursos. Pero hay que valorar si les compensa o no solicitar ciertos tipos de ayudas pensando en este tipo de declaraciones. Por lo tanto, el trabajador por cuenta propia o empresario que se encuentre en una situación más favorable podrá barajar diferentes opciones para elegir la que mejor le convenga, considerando también que deberá declararla en el futuro.

 

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