Renta 2021. Enajenación de un inmueble.

La enajenación de un inmueble por parte del contribuyente en el año 2020 supone que dicha operación debe ser incluida en la declaración de la Renta Por lo tanto, está sujeta a gravamen en el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida. Cabe destacar que las pérdidas patrimoniales hay que declararlas aunque no tributen.

Vamos a comentar los principales pasos para evitar problemas con el fisco y para tener clara la fiscalidad del inmueble.

Datos a tener en cuenta en tu declaración de la Renta

A la hora de realizar la declaración de la Renta, hay que introducir todos los datos de la operación. Por lo tanto, será indispensable saber la ganancia o la pérdida producida por dicha operación. Hay que recordar que la ganancia o la pérdida se obtienen mediante la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición.

Enajenación de un inmueble en la declaración de la renta.

Primero vamos a hacer un breve repaso sobre ambos términos para saber con exactitud cómo se obtiene el dato requerido.

Entendemos el valor de trasmisión como el  importe real  resultante de la enajenación de la casa, una vez descontados los gastos tributos asociados a la transmisión, como la plusvalía municipal al precio de venta. La plusvalía municipal consiste en un impuesto que grava el incremento de valor que experimentado la casa a lo largo del tiempo. Su cálculo se basa en el valor catastral del suelo del inmueble y el número de años que se ha tenido el piso en propiedad

Además, en el caso de la obtención de una hipoteca para comprar una nueva casa, el valor de transmisión será el importe total por la transmisión del inmueble menos el préstamos pendiente de amortizar.

Y se entenderá valor de adquisición, como el importe real  resultante de la compra del inmueble objeto de enajenación, una vez que se han añadido el importe de los gastos y tributos inherentes a la compra, como el IVA o el ITP.

Novedades en la declaración de la Renta 2021

La principal novedad de la declaración de la Renta de 2021 relacionada con la enajenación de una vivienda, que se encuadran dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales, es la siguiente:

Se produce un aumento del gravamen de la renta de ahorro, que es donde se encuadra la enajenación de viviendas. Ya que se añade un nuevo tramo, es decir, las ganancias se tributan al tipo fijo del 26% para aquellas bases de ahorro que excedan  de 200.000 euros.

Por lo tanto, los tramos existentes siguen manteniendo la misma configuración hasta ahora que sería:

  • Las ganancias tributan al tipo fijo del 19% para aquellas bases de ahorro que excedan de 6.000 euros.
  • Al tipo fijo del 21% para aquellas bases de ahorro que se encuentren entre 6.000 euros y 50.000 euros.
  • Las ganancias se tributan al tipo fijo del 23% para aquellas bases de ahorro que se encuentren entre 50.000 euros y 200.000 euros.
  • Las ganancias se tributan al tipo fijo del 26% para aquellas bases de ahorro que excedan  de 200.000 euros.

Hay que destacar que el impuesto es de carácter progresivo, por lo tanto, esta modificación sólo afectará a las viviendas de alto precio.

 

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