La Junta de Andalucía ha convocado una subvención para la modernización digital y la mejora de la competitividad de varios colectivos. Esta ayuda, a nivel de comunidad autónoma, se reparte de forma proporcional según tu provincia. Esta subvención comenzó el día 26 de noviembre, y hay un plazo de 6 meses para echar la solicitud. Eso sí, la adjudicación del presupuesto va en riguroso orden de entrega, así que, lee esta entrada para enterarte de todo y ¡échala cuanto antes!
¿Quién puede solicitar esta subvención?
Esta subvención está destinada a:
- Línea 1: Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos y mutualistas.
- Línea 2: Sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía
¿Qué modalidades hay?
Hay 2 modalidades, las mismas para cada una de las 2 posibles líneas.
Modalidad A: Implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial
Modalidad B: Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa.
Y sí, hay posibilidad de echar las 2 ayudas marcando la casilla Modalidad A+B a la hora de rellenar el formulario.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Te dejamos aquí un breve resumen de los gastos que sí que son subvencionables, pero más hacia abajo te dejamos el enlace para que puedar ver más detenidamente qué contempla cada uno de estos ítems.
Modalidad A:
a) Adquisición de equipos informáticos cuando resulten necesarios para la instalación de software de gestión empresarial.
b) Adquisición de software de gestión empresarial (ERP, CRM)
c) Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.
d) Costes de consultoría para implantar soluciones digitales.
e) Costes de contratación de servicios “en la nube” para dar soporte al software de gestión empresarial (1 año).
f) Adquisición de cualquier otra solución digital o tecnología que introduzca mejoras.
Modalidad B:
a) Gastos profesionales de: campañas de publicidad, posicionamiento, marketing, publicidad,…
b) Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales.
c) Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web.
d) Costes de consultoría relativos a la formación del personal y la migración o carga de los datos.
e) Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas.
f) Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides
¿Y cuáles son los no subvencionables?
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, ni los gastos de procedimientos judiciales.
b) Los gastos corrientes de las persona o entidades beneficiarias.
c) La adquisición de cualquier dispositivo que no esté firmemente enfocado a la correcta instalación o funcionamiento del software de gestión empresarial.
d) Los programas antivirus, así como actualizaciones de software, renovación de licencias o gastos de mantenimiento.
e) El impuesto sobre el valor añadido que sea recuperable conforme a la normativa nacional.
¿De qué cuantías estamos hablando?
Los incentivos cubrirán el 100% de los gastos de puesta en marcha el proceso de digitalización. Además, se prevé anticipar el 100% del importe máximo subvencionado sin que haya la necesidad de justificar la inversión inicial.
El mínimo será de 1.000€ y el máximo de 6.000€ por cada una de las modalidades, pudiendo ser dicha ayuda de hasta 12.000€ si se solicitan ambas modalidades.
Para la provincia de Córdoba se destinan en total 662.000€ de presupuesto que se subdividen en 400.000€ para la línea 1 y 262.000€ para la línea 2.
¿Qué documentos hay que aportar?
Si no deniegas que consulten tus datos guardados en la base de datos de la Junta, tendrás que adjuntar los siguientes documentos (ninguno tiene carácter obligatorio):
Línea 1
- Presupuesto o factura proforma
- Certificado expedido por la mutualidad alternatva al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónoma.
- Poder de representación
- Certificado de declaración anual de IRPF
Línea 2:
- Presupuesto o factura proforma
- Certificado del Registro Mercantil en el que conste la fecha de constutición e inscripción de la sociedad laboral, la vigencia de la actividad, sus representantes sociales y que no esté incrusa en cierre registral.
- Poder de Representación
- Certificación del importe neto de la cigra de negocios expedido por la AEAT o declaración del IS de los dos últimos ejercicios contables.
Enlaces de interés
Por último, te dejamos los enlaces donde consultar más información (el primero) y el segundo es a través del cuál se accede a esta ayuda:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24657.html#toc-informaci-n-general
Contacto
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