Nuevas ayudas para autónomos, ahora la moratoria de cuotas a la Seguridad Social
Desde que empezó la crisis del coronavirus se han barajado varias opciones de ayudas a autónomos. Desde nuestra asesoría en Córdoba te las explicamos. Ya se aprobaron algunas del Gobierno y otras de la Junta de Andalucía, pero aún estaba sobre la mesa la opción de la moratoria de los pagos de sus cotizaciones en la Seguridad Social. Esta medida se aprobó hace unos días y ha sido ahora cuando han publicado la lista exacta de qué autónomos podrán beneficiarse de esta prórroga en el pago de cuotas a la Seguridad Social.
Esta lista de ayudas para autónomos incluye un total de 12 sectores económicos entre los que están: fontanería, publicidad, dentistas, peluquería, comercio al por menor, carpintería, cultivos, impresión y artes gráficas y calefacción.
Listado de sectores económicos, según Clasificación Nacional de Actividades Económicas de 2009
- 119 – Otros cultivos no perennes
- 129 – Otros cultivos perennes
- 1812 – Otras actividades de impresión y artes gráficas
- 2512 – Fabricación de carpintería metálica
- 4322 – Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
- 4332 – Instalación de carpintería
- 4711 – Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
- 4719 – Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
- 4724 – Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
- 7311 – Agencias de publicidad
- 8623 – Actividades odontológicas
- 9602 – Peluquería y otros tratamientos de belleza
Además de estar dentro de alguno de estos tipos de actividad económica, para beneficiarse de la prórroga, el autónomo o empresa tiene que estar activa en este tiempo. Es decir, no serán admitidas las empresas que encuentren suspendida su actividad debido al estado de alarma establecido el 14 de marzo.
¿Cuándo podré solicitar la ayuda al autónomo de moratoria en pagos?
Según el Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo, los autónomos podrán posponer su pago a la Seguridad Social hasta 6 meses.
El periodo de devengo se diferenciará para autónomos y pymes. Los primeros podrán aprovechar la moratoria para los conceptos en periodo de devengo de mayo a julio de 2020. Así bien, lo empezarán a abonar en noviembre de este año hasta enero del siguiente. En el caso de las empresas, el periodo irá desde abril hasta junio de 2020.
¿Cuándo solicitar la moratoria para autónomos?
La moratoria deberá realizarse entre los días 1 y 10 del mes que debería abonar. Debe hacerse a través del sistema RED o en la sede online de la Seguridad Social.
Una vez expuesta esta nueva ayuda para autónomos en coronavirus, te recordamos que en Asesores Umbrella te ayudamos en todo lo que necesites. Hacemos las gestiones por ti y te ayudamos en tu camino empresarial. Contáctanos en el teléfono 957 496 604 o a través de nuestro email.