El pasado 15 de abril, la Junta de Andalucía aprobó una ayuda extraordinaria de 300 euros para los autónomos y trabajadores por cuenta propia. Esta bonificación es compatible con las ayudas establecidas por el Gobierno Central para combatir la crisis del coronavirus. Así, según citó el Consejo de Gobierno del 15 de abril, «esto es para cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente como, por ejemplo, las cuotas de la Seguridad Social».
¿Quiénes son los beneficiarios?
Se pueden beneficiar de esta ayuda los trabajadores por cuenta propia con residencia y domicilio fiscal en Andalucía y que esté registrado en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente. Así, la Junta delimita las actividades profesionales que podrán disfrutar de la bonificación.
En resumen, se podrán beneficiar los autónomos que por causa mayor han visto interrumpida su actividad o se encuentran entre los servicios esenciales y han visto mermada su facturación.
¿Cómo solicitar la ayuda?
Esta bonificación se solicita de forma telemática a través de la “Oficina Virtual” de la Junta de Andalucía:
Para solicitarla es imprescindible tener el certificado o firma digital. Los datos que se requieren en la solicitud son:
- DNI – NIF
- Domicilio fiscal
- Empadronamiento en Andalucía
- Alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa
- Declaración del IRPF de 2018
- Número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.
¿Cuándo puedo solicitarla?
La ayuda de la Junta de Andalucía se puede solicitar desde el 17 de abril hasta quince días después de declararse finalizado el estado de alarma o hasta que se agote la dotación presupuestaria aprobada por el Gobierno andaluz (50 millones de euros).