El 8 de marzo, el gobierno Central aprobó el decreto ley con el que obliga a todas las empresas a incluir el registro de entrada y salida de sus trabajadores. A pesar de que se aprobó hace más de dos meses, será a partir del 12 de mayo cuando esta medida se convierta en obligatoria. Es decir, solo quedan dos días para que la empresa deba tener un sistema de registro de horas en los trabajadores.
Qué obligaciones tiene la empresa
Desde el próximo domingo las empresas no solo están obligadas a registrar la jornada de sus empleados, sino que también deben almacenar los datos durante cuatro años. Por ello, el sistema debe ser preciso, efectivo y fiable. Por lo que es recomendable contactar con una empresa que instale la aplicación en los ordenadores o móviles de tus empleados; ya que a partir de ahora no sirven las hojas en papel ni los excels que pueden ser eliminados.
Sanciones por incumplimiento
Según el decreto – ley, el incumplimiento de la regla tendrá sanciones graves que irán desde los 626 a los 6.250 euros. La cuantía de la penalización irá en relación al número de trabajadores y al volumen de negocio.
Con el control de asistencia y presencia en el trabajo quedarán registradas las horas trabajadas. Con ello, el Ejecutivo pretende evitar las horas extras que no son remuneradas en muchos trabajos. Además, el conteo incluirá las horas que no se han realizado, evitando así el absentismo laboral.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los trabajadores podrán acceder a estos datos de registro siempre que lo deseen. Al igual que las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, con consulta previa.