Principales características del impuesto digital.
El impuesto digital es un impuesto indirecto que grava al tipo del 3% la prestación de Determinados Servicios Digitales. Por cada prestación de servicios gravada se producirá el devengo del impuesto que es de liquidación trimestral.
Este impuesto tiene como objetivo gravar servicios digitales en los que existe una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.
Por lo tanto, la base imponible del impuesto estará formada por el importe de los ingresos obtenidos por cada una de las prestaciones de servicios digitales sujetas al impuesto, excluidos el IVA u otros impuestos equivalentes, realizadas en el territorio de aplicación de dicho impuesto.
¿Qué servicios están sujetos al impuesto digital ?
El impuesto grava únicamente las tres siguientes prestaciones de servicios digitales que son:
- Servicios de intermediación en línea.
Este servicio consiste en la puesta a disposición de los usuarios de una interfaz digital (que permita interactuar con distintos usuarios) que facilite las entregas de bienes o prestaciones de servicios entre los usuarios, o que les permita localizar a otros usuarios e interactuar con ellos.
- Servicios de transmisión de datos.
Este servicio consiste en la transmisión de datos con contraprestación, incluidas la venta o cesión de datos recopilados acerca de los usuarios que hayan sido generados por actividades desarrolladas por ellos en las interfaces digitales.
- Servicios de publicidad en línea.
Este servicio consiste en la inclusión, en una interfaz digital, de publicidad dirigida a los usuarios de dicha interfaz.
Por lo tanto, quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios cuando se trate de un servicio de intermediación en línea y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en los que el proveedor no actúa como intermediario.
¿Mi empresa se verá afectada por el nuevo impuesto digital?
No todas las empresas van a estar afectadas por este impuesto , solo aquellas cuyo importe neto de su cifra de negocios en el año natural anterior supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de prestaciones de servicios digitales sujetos al impuesto, correspondientes también al año anterior, superen los 3 millones de euros.
Estos criterios tienen como objetivo que este impuesto afecte a las grandes compañías y que las pymes no estén afectadas por este tributo.
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