Asesores Umbrella, tu Asesoría en Córdoba, estamos de vuelta para contarte cuáles son las obligaciones fiscales que tienen los autónomos al finalizar el año. Os hablaremos de las fechas tope que cumplen el plazo, y de los distintos modelos fiscales a entregar

Acabaremos dando algunos consejos sobre cuál es la mejor forma de cerrar el año real. Para ello, sigue leyendo.

Balance de datos importantes

Se aproxima el momento más crucial para los autónomos: el fin del año. En este momento es cuando, teniendo en consideración todas las facturas, gastos e ingresos desde el primero de enero a 31 de diciembre, se ha de cerrar fiscalmente todos los movimientos contables.

Además, este 2020 no va a ser año fácil de registrar por los múltiples vaivenes de información , de ayudas, de subvenciones, que se han realizado a lo largo de todo el año a causa del Covid-19.

Han hecho, y desde aquí, reforzamos su propuesta, especial hincapié en tener en cuenta que las prestaciones recibidas tanto por ayuntamientos como autonomías, deben incluirse en los ingresos percibidos este año.

A efectos tributarios, es hora de documentar la autoliquidación, declaraciones anuales, informáticas y si las hubiese, censales. Habrá de cerrarse también el cuarto trimestre, y dejar todo preparado para presentar las declaraciones informáticas anuales de enero. Este cierre del ejercicio marcará la presentación de la próxima Declaración de la Renta.

Por último, decir que la totalidad de los modelos de autoliquidación, declaración anual o informativa deberán presentarse telemáticamente.

Ahora, dividiremos por fechas las distintas declaraciones a presentar para que sea más fácil y no tenga pérdida.

 

Obligaciones a realizar hasta el 31 diciembre

Los gestores administrativos recuerdan que los autónomos que no estén acogidos al Régimen de Devolución Mensual o REDEME, entre otros, solo deberán ocuparse de la posible renuncia o revocación respecto de la estimación directa simplificada y de la estimación objetiva para 2021 y los años siguientes. Para ello, deberán presentar la correspondiente declaración censal en los modelos 036/037.

También, se hará uso de este modelo y hasta el 31 de diciembre para ejercer la opción por el régimen especial del criterio de caja para 2021 o la renuncia al mismo especial para 2021, 2022y 2023.

Obligaciones fiscales a realizar hasta el 20 de enero

Fiscalidad a realizar hasta el 30 de enero

Obligaciones fiscales a realizar hasta el 31 de enero

Autoliquidaciones con resultado a ingresar

Si se efectúa la presentación de las autoliquidaciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria,

Recomendaciones

Para finalizar, aquí van algunas de las recomendaciones de los expertos:

 

Una vez expuestas las obligaciones fiscales a cumplir por los autónomos, si tienes dudas, visita a tu asesoría laboral en Córdoba. Te asesoraremos en materia laboral, fiscal y contable. Estamos en Plaza de Las Tendillas, 1, o en el teléfono 957 496 604 o 957 478 752.

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